NORMAS DE LA ESTACIÓN DE PENITENCIA

Los hermanos nazarenos que participen en la estación de penitencia vestirán hábito con túnica blanca de cola con botonadura y antifaz rojo, ceñida por cordón igualmente rojo anudado y caído al lado derecho de la cintura. Sobre el antifaz, centrado y a la altura del pecho figura bordado en dorado el escudo de la Hermandad. Calzado y calcetines negros. El uso de guantes sólo estará permitido a regidores, nazarenos que porten insignias y acompañantes de varas.

Queda expresamente prohibido portar cualquier signo externo que posibilite la identificación del hermano nazareno, salvo el anillo representativo de la alianza matrimonial.

Los hermanos nazarenos se dirigirán al templo por el trayecto más corto y sólo con la antelación suficiente para llegar a la hora fijada, accediendo a éste por donde se indique y mostrando a tal fin y de modo inexcusable su papeleta de sitio. Durante dicho recorrido, y bajo ningún concepto, podrán levantar ni despojarse de su antifaz, observando una actitud y un comportamiento de máximo recogimiento y compostura.

La papeleta de sitio es el documento personal e intransferible que acredita al hermano para formar parte de la cofradía y participar de la estación de penitencia, quedando expresamente prohibido ceder el sitio asignado, debiendo tenerla a disposición del Diputado Mayor de Gobierno y Diputados, así como a cualquier oficial de la junta de gobierno.

Una vez ocupado el sitio que le corresponde según la nómina de la cofradía el hermano no lo abandonará en ningún momento durante el desarrollo de la estación de penitencia salvo lo que dispongan los diputados, guardando en todo momento el más absoluto silencio y centrando su atención en el acto de culto al que concurre. En caso de indisposición se dirigirá al Diputado de su tramo quien le autorizará si fuese procedente a abandonar la fila, aunque para ello deberá entregar a aquel su papeleta de sitio hasta su regreso.

NORMAS DE ELABORACIÓN DE LISTADO DE HERMANOS PENITENTES

Hermanos de luz
Siguiendo la regla XXXIV, artículo 10, los hermanos se colocarán por orden de antigüedad de menor a mayor. Atendiendo a la misma relga, artículo 2, por acuerdo de junta de gobierno y en consonancia con el reglamente de régimen interno aprobado y que ya venía realizándose en años anteriores, con el espíritu de una mejor organización y de otorgar una mayor sobriedad y seriedad al cortejo se establece una edad mínima en diversos tramos a fin de facilitar la estación de penitencia entre familiares y personas allegadas. Éstas podrán solicitar su inclusión en el mismo tramo asignándoseles en este caso a ambos el lugar por la antigüedad del hermano con el ingreso más reciente en la hermandad. Así mismo, el hermano que así lo desee podrá solicitar su inclusión en tramos anteriores al que le corresponda con objeto de satisfacer su petición sin menoscabo del derecho de ningún otro hermano.

Distribución por edades
  • Hermanos con esclavina hasta 6 años: Tramo 1º de palio.
  • Hermanos sin esclavina hasta 11 años (inclusive): Tramos 1º y 2º de misterio o 2º y 3º de palio. 
  • Últimos tramos: Mayores de 14 años (inclusive).
Insignias
Por acuerdo de junta de obierno y ratificado por la regla XXXIV, artículo 2, se respetarán las insignias del año anterior previamente solicitadas por el hermano y en caso de enfermedad, debidamente justificada, se reservará la misma durante un año, previo abono del derecho de salida del año corriente. En caso de vacantes serán ocupadas por los hermanos que las hayan solicitado atendiendo a criterio de antigüedad y mayores de 14 años.
 
El Lignum Crucis junto con sus diputados y las bocinas del paso de palio se asignarán estrictamente por orden de antigüedad. 

Diputados de tramo, auxiliares y fiscales
Atendiendo a la regla 1, artículo 11, apartado b, serán designados por el Diputado Mayor de Gobierno.

Presidencia
Tal y como establece la regla XXXIV, artículo 9, las presidencias de paso estarán constituidas por el Hermano Mayor, el Mayordomo y Secretario en el paso de Ntra. Sra. de las Veredas, y por el Teniente de Hermano Mayor, el Fiscal y el Secretario segundo en el paso del Stmo. Cristo del Amor. En caso de vacante, y atendiendo a la regla XXXIV, artículo 2, por acuerdo de junta de gobierno serán las mismas ocupadas por miembros de la junta de gobierno que así lo soliciten y si continuara habiendo vacantes éstas serán ocupadas por hermanos que así lo solicitaran, por orden estricto de antigüedad de pertenencia a la hermandad.
NORMAS DE LA ESTACIÓN DE PENITENCIA NORMAS DE LA ESTACIÓN DE PENITENCIA Reviewed by Redacción on mayo 12, 2020 Rating: 5
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